El 11 de octubre, en el Destacamento de Infantería de Marina Fuerte Borgoño de Talcahuano, fueron fusilados sin que se les sometiera a proceso:
Hugo del Rosario CANDIA NUÑEZ, 19 años, empleado de Sigdo Koppers y;
Máximo Segundo NEIRA SALAS, 34 años, empleado de Sigdo Koppers, dirigente sindical y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
Ambos fueron detenidos en su lugar de trabajo por efectivos de la Armada, quienes procedieron a trasladarlos al Fuerte Borgoño donde fueron fusilados.
Sus cuerpos fueron entregados a los familiares en urnas selladas, impidiéndoseles efectuar el reconocimiento correspondiente.
La Comisión se formó la convicción que la muerte de Hugo Candia y Máximo Neira constituyen violación a los derechos humanos de responsabilidad del Estado, por tratarse de ejecuciones al margen de todo proceso legal.