Fundo La Mona

Lugar:

Fundo La Mona, a 12 kms de Los Ángeles

Fuente:

En el fundo Huaqui 3, sector La Mona, ubicado a unos 12 kms. al norte de Los Ángeles, el 17 de mayo de 1991, trabajadores de la empresa Mininco encuentran osamentas, casquillos de bala y otras especies. Efectúan la denuncia al Tercer Juzgado del Crimen de Los Ángeles que investiga el hallazgo en la causa rol 8.699. Se busca a nueve detenidos desaparecidos, que han sido secuestrados por agentes del Estado en las cercanías de las Centrales Hidroeléctricas “El Toro” y “El Abanico”-, en los pueblos penquistas de Los Canales, Rayenco, Polcura, Antuco, entre el 11 de septiembre y el 13 de noviembre de 1973. Algunos de ellos son trabajadores de las centrales hidroeléctricas, otros, funcionarios públicos, obreros de la zona y simpatizantes de izquierda. Las pericias determinan que en el lugar estuvieron sepultadas a lo menos cuatro personas diferentes por las distintas piezas óseas encontradas y se consigna que «la mayor parte de los cuerpos fueron removidos y sustraídos del lugar». Se encuentra también la argolla de matrimonio de una de las víctimas. El Informe Pericial indica casi con certeza que los restos enterrados fueron, posteriormente, exhumados en forma clandestina y establece que los vestigios encontrados corresponden a estos desaparecidos.

En el año 1994, se solicita la reapertura de la causa y se efectúan investigaciones, pero sin que se llegue a determinar a quienes corresponden estos restos incompletos. Se dicta sobreseimiento temporal.

Posteriormente, el 3 de mayo de 2003, en el marco de las órdenes judiciales emanadas de los autos criminales 2182-98 por el episodio ENDESA, de la Corte de Apelaciones de Santiago, se realizan pericias antropológicas, odontológicas y de identificación por técnicas de ADN. En Junio de 2003, la Unidad Especial de Derechos Humanos del SML entrega un informe antropológico.

Con fecha 14 de octubre de 2004, una resolución judicial respecto a los peritajes de ADN mitocondrial efectuados por la Unidad de Identificación del SML, especifica la identidad de los cuerpos. Agrega que los restos de osamentas pertenecientes a las víctimas son rastros de inhumaciones y exhumaciones ilegales cuyos indicios concuerdan con la denuncia dirigida al Comandante en Jefe del Ejército y derivada a la Corte el 4 de enero del 2004. Dispone también que los restos sean entregados a sus familiares directos, previa inscripción de los fallecimientos. Como causa de muerte se indica «animus necandi (deseo de matar) por medio de armas de fuego». En su resolución el Ministro a cargo de la investigación señala que el SML debe disponer las medidas administrativas para conservar bajo custodia los demás restos y muestras que no ha sido posible atribuir a determinadas personas.

  • César Augusto Flores Baeza, 30 años, administrativo de la Corporación de la Reforma Agraria, CORA, militante socialista. Se presentó voluntariamente a las autoridades el 12 de septiembre de 1973.
  • Mario Omar Belmar Soto, 30 años, Jefe de la Central Hidroeléctrica de Rapel de la Empresa Nacional de Electricidad (ENDESA), sin militancia política. Detenido el 14 de septiembre de 1973.
  • Juan Eladio Ulloa Pino, 26 años, topógrafo, sin militancia. Detenido el 18 de septiembre de 1973.
  • Víctor Adolfo Ulloa Pino, 16 años. Detenido el 18 de septiembre de 1973.
  • Juan Miguel Yáñez Franco, 25 años, mueblista, militante comunista. Detenido el 12 de septiembre de 1973.