Víctimas

COFRE OBADILLA JOSE LORENZO « Volver

Detenido Desaparecido
MilitanciaSin Militancia RegiónVIII Biobío
Fecha Detención/Muerte28-09-1973 Edad42
CiudadCOIHUECO OcupaciónOBRERO AGRICOLA
ComunaCOIHUECO Instancia CalificadoraCVR violación de DDHH

El 27 de septiembre de 1973 fue detenido por carabineros Carlos Roberto MONTECINOS URRA, 44 años, artesano, Regidor de Coihueco, dirigente sindical campesino y militante del Partido Comunista. El afectado se había presentado voluntariamente al Regimiento de Chillán acompañado por el Alcalde de Coihueco, a raíz de que anteriormente su casa había sido allanada y sus hijos detenidos por Carabineros, en su búsqueda. Tras dejarlo en ese lugar, el Alcalde concurrió a la Sexta Comisaría donde comunicó que había quedado en el Regimiento indicado y solicitó que se comunicara tal hecho a Carabineros de Coihueco, para que cesara su búsqueda. Del cuartel militar quedó en libertad ese mismo día, con orden de regresar a firmar al día siguiente, pero al salir del lugar, fue arrestado por carabineros que lo condujeron en un vehículo de la Municipalidad de Coihueco a la Sexta Comisaría de Chillán, según lo ha declarado a la Comisión testigos presenciales. Permanece la noche del 27 en la Comisaría y al día siguiente es trasladado a la unidad policial de Coihueco. Desde su detención la familia desconoce su paradero y suerte.

Al día siguiente, 28 de septiembre, fue detenido por carabineros de Coihueco, José Lorenzo COFRE OBADILLA, 42 años, chofer mecánico del asentamiento Montaña Bustamante, cuando concurrió a la unidad mencionada. Su tractor permaneció por varios días frente a ese recinto, no obstante lo cual su arresto fue negado. Posteriormente, el vehículo fue despeñado en el río Niblinto.

En testimonios recibidos por la Comisión, se ha señalado que ambos habrían sido muertos en el cuartel de Carabineros de Coihueco y sus cuerpos arrojados al Río Niblinto, cerca de Minas del Prado.

La Comisión se formó la convicción que Carlos Montecinos y José Cofré fueron efectivamente detenidos por agentes del Estado, no obstante las negativas oficiales, y que en su suerte final hubo también responsabilidad de agentes de ese carácter. Los indicios emanados de los testimonios confiables recibidos por la Comisión fundan la convicción referida.