El 9 de octubre de 1973 fue detenido en la vía pública, en Osorno, José Rosario Segundo PANGUINAMUN AILEF, 31 años, Dirigente vecinal, ex candidato a Regidor, militante socialista.
El afectado, que había sido llamado por Bando, se presentó en octubre ante la Fiscalía Militar, quedando en libertad. Días después de ello, el 9 de ese mismo mes, fue detenido en el cruce Lynch, en la ciudad de Osorno, por un carabinero en retiro y en una camioneta de una empresa privada fue trasladado a la Tercera Comisaría de Rahue. Un compañero de trabajo de la víctima, presente en el acto de la detención, comunicó el hecho a sus familiares. Otros testigos vieron al afectado en la Comisaría señalada entre el 9 y 11 de octubre, en muy mal estado físico. Desde esa fecha se pierde todo rastro de la víctima.
La Comisión se formó la convicción que en el caso precedente existió una violación de los derechos humanos, por ser de responsabilidad de agentes del Estado la desaparición de José Panguinamún. Funda su convicción en las siguientes consideraciones:
– Se encuentra acreditado por testimonios verosímiles que el afectado fue aprehendido y conducido al cuartel policial indicado;
– Igualmente, que desapareció de dicho lugar, donde se hallaba bajo la custodia de la autoridad policial, sin existir antecedente alguno de su suerte;
– Que no tuvieron resultado alguno las averiguaciones que la Comisión intentó con las autoridades respectivas, a pesar de sus reiterados esfuerzos.