VERA TORRES PABLO RENAN


Instancia Calificadora: CVR violación de DDHH

Militancia: PS

Región: VII Maule

Ciudad: CAUQUENES

Comuna: CAUQUENES

Fecha Detención/Muerte: 04-10-1973

Ocupación: ESTUDIANTE UNIVERSITARIO

Edad: 22


Cauquenes

El 4 de octubre de 1973 fueron ejecutadas cuatro personas:

Manuel PLAZA ARRELLANO, 25 años, técnico agrícola. Fue detenido en la madrugada del 20 de septiembre en su domicilio por una patrulla militar y enviado al Cuartel de Investigaciones de Cauquenes.

Claudio LAVIN LOYOLA, 29 años, técnico agrícola. Fue detenido el 2 de octubre de 1973 cuando se presentó al Cuartel de Investigaciones donde se le había ordenado ir a firmar diariamente.

Miguel MUÑOZ FLORES, 21 años, empleado de la Corporación de Reforma Agraria (CORA). Fue detenido en su domicilio, inmediatamente después de ocurridos los sucesos del día 11 de septiembre, por efectivos de Investigaciones y trasladado al Cuartel de esa Institución.

Pablo VERA TORRES, 22 años, estudiante y empleado, dirigente de la Juventud Socialista de la zona, quien había sido detenido y dejado en libertad; detenido nuevamente el mismo mes, fue conducido al Cuartel de Investigaciones.

El día 4 de octubre de 1973 estos jóvenes socialistas fueron sacados desde el Cuartel de Investigaciones de Cauquenes, fuertemente custodiados por efectivos militares. Según la versión oficial, ello se hizo con el propósito de hacer una reconstitución de escena en el Fundo El Oriente, en las afueras de la ciudad. Los detenidos, según esa misma versión, habrían aprovechado esta circunstancia para atacar a uno de los centinelas, motivo por el cual se les disparó, causándoles la muerte a todos ellos, «en cumplimiento al Bando 24 de la Junta Militar de Gobierno». Dicho bando autorizaba a la ejecución inmediata en caso de oposición o resistencia armada a las nuevas autoridades militares.

Horas antes de la ejecución, había arribado a la ciudad de Cauquenes, un helicóptero que transportaba a un Oficial Delegado del Comandante en Jefe del Ejército y de la Junta de Gobierno y a su comitiva. Esta permaneció en la ciudad hasta inmediatamente después de verificarse los fusilamientos. Fueron vistos en la ciudad por numerosos testigos. Este viaje, en su contexto global, ya ha sido analizado.

Las familias se enteraron de sus muertes mediante el bando oficial que fue dado a conocer a través de altoparlantes instalados en la plaza de la ciudad.

Los cuerpos sin vida de los cuatro jóvenes, fueron llevados al Instituto Médico Legal, donde se les practicó la autopsia de rigor y luego llevados por efectivos militares al cementerio local, donde procedieron a enterrarlos en una fosa común. Sólo la familia de uno de los ejecutados, a través de gestiones personales, consiguió exhumar el cuerpo de su víctima y darle sepultura.

A esta Comisión le resulta inverosímil la versión oficial en consideración de las siguientes circunstancias:

– El resultado del informe de autopsia de al menos uno de ellos, afirma que se le disparó en la sien a corta distancia, pericia que desmiente la versión oficial;

– La fuerte custodia militar bajo la cual fueron sacados los detenidos, hace improbable que, estando desarmados, hubieran atacado a un centinela;

– Aún cuando lo anterior hubiese ocurrido, el personal militar que los custodiaba podría haber procedido a reducirlos y recapturarlos sin necesidad de darles muerte.

Por lo tanto la Comisión ha llegado a la convicción que estas cuatro personas fueron ejecutadas por agentes del Estado al margen de toda justificación. Son víctimas de una grave violación de su derecho a la vida y sus familias del legítimo derecho a darles sepultura.



Para revisar información judicial sobre esta persona acceda al repositorio del Proyecto Expedientes de la Represión, que recopila las sentencias judiciales dictadas en los procesos penales ya concluidos por violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura.
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