AGUAYO FERNANDEZ LUIS EVANGELISTA


Instancia Calificadora: CVR violación de DDHH

Militancia: PS

Región: VII Maule

Ciudad: PARRAL

Comuna: PARRAL

Fecha Detención/Muerte: 00-09-1973

Ocupación: INSPECTOR LICEO

Edad: 21


Parral

El 26 de septiembre de 1973 desaparecen desde la Cárcel de Parral cuatro personas que se encontraban detenidas en ese recinto. De acuerdo a lo expresado en el libro de Novedades de la Cárcel Pública de Parral, el día 26 de Septiembre de 1973, «Por orden verbal del Sr. Gobernador Departamental, fueron entregados al personal del Ejército cinco detenidos, a Enrique Carreño González, Eladio Saldías Daza, Hugo Soto Campos, Luis Aguayo Fernández y Aurelio Peñailillo.» Tan sólo Enrique Carreño volvió al recinto carcelario. Las otras personas permanecen hasta la fecha desaparecidas.

Hugo Enrique SOTO CAMPOS, 18 años de edad, estudiante. Fue detenido el 13 de septiembre por carabineros de Parral y llevado hasta la Cárcel de la ciudad.

Oscar Eladio SALDIAS DAZA, 22 años, estudiante y militante del Partido Socialista. Fue detenido en Parral el 20 de septiembre por efectivos de Carabineros y conducido a la cárcel pública de esa ciudad.

Aurelio Clodomiro PEÑAILILLO SEPULVEDA, 32 años de edad, jubilado por invalidez, sin militancia política. Fue detenido por Carabineros de la localidad de Copihue el día 16 de septiembre, y trasladado a la Cárcel de Parral al día siguiente.

Luis Evangelista AGUAYO FERNÁNDEZ, 21 años, Inspector de Liceo y militante del Partido Socialista. Había sido detenido primitivamente el día 12 de septiembre por efectivos de Carabineros, quedando luego en libertad, con la obligación de firmar en la Comisaría. En una de sus visitas a dicho recinto, Aguayo es detenido, y trasladado a la cárcel pública.

La Comisión ha adquirido la convicción que estas cuatro personas fueron objeto de una desaparición forzada por parte de agentes del Estado, siendo víctimas de una grave violación de sus derechos humanos. Avalan esta convicción especialmente los siguientes elementos:

– Que sus detenciones practicadas por agentes de Estado se encuentran acreditadas;

– Que en ese período y lugar no se liberó a personas que, como la mayoría de las víctimas, eran militantes de izquierda;

– Que existen muchos casos de personas que desaparecieron después de ser detenidos en esa localidad y ese recinto;

– Que sus familiares no han tenido noticias posteriores de ellos; ninguno registra salida del país ni ha realizado gestión alguna ante organismos del Estado;

– Que está acreditado que fueron sacados del recinto carcelario por efectivos del Ejército quiénes no han dado una explicación de su destino.



Para revisar información judicial sobre esta persona acceda al repositorio del Proyecto Expedientes de la Represión, que recopila las sentencias judiciales dictadas en los procesos penales ya concluidos por violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura.
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