Instancia Calificadora: CNRR violación de DDHH
Militancia: Sin Militancia
Región: VI O`Higgins
Ciudad: PICHIDEGUA
Comuna: PICHIDEGUA
Fecha Detención/Muerte: 12-08-1987
Ocupación: OBRERO AGRICOLA
Edad: 32
Mario Hernán Céspedes Riquelme murió ese día a las 23:55 horas, en el Hospital de Pichidegua, por anemia aguda, hemotórax derecho por herida de bala, como acredita el Certificado Médico de Defunción suscrito por médico legista. De acuerdo con antecedentes proporcionados por su viuda, testigo de los hechos, Mario Céspedes se encontraba procesado por el Juzgado de San Vicente y, según se informó posteriormente, había sido condenado en esos días. La noche del 12 de agosto, una patrulla de cuatro funcionarios de Carabineros se presentó en su domicilio, ingresando violentamente. Mario Céspedes se asustó y corrió en dirección a unos cerros. Los carabineros lo siguieron y efectuaron tres disparos, hiriéndolo de muerte. En la Fiscalía Militar de Rancagua se inició una investigación por estos hechos y el autor de los disparos fue procesado por cuasidelito de homicidio. Sin embargo, la Corte Marcial revocó dicha resolución y el proceso fue sobreseído total y temporalmente por estimarse que no se había comprobado la comisión de un hecho que reuniera los caracteres de delito o cuasidelito. El Consejo Superior, considerando que los funcionarios policiales usaron sus armas de fuego sin tomar en cuenta la potencia de éstas y sin prevenir las consecuencias que podrían acarrear los disparos, llegó a la convicción de que Mario Hernán Céspedes Riquelme fue víctima de violación de derechos humanos por parte de agentes del Estado, que hicieron un uso irracional de la fuerza.