Instancia Calificadora: CNRR violación de DDHH
Militancia: Sin Militancia
Región: RM Metropolitana
Ciudad: SANTIAGO
Comuna:
Fecha Detención/Muerte: 18-10-1973
Ocupación: MAYOR DE EJERCITO
Edad: 37
Mario Luis Iván Lavanderos Lataste murió ese día a las 3:15 horas, en el Hospital Militar, por herida de bala facio craneana, como acredita el Certificado Médico de Defunción otorgado por el Instituto Médico Legal. El Protocolo de Autopsia, concluyó que «el disparo fue hecho con el cañón apoyado sobre el lado izquierdo del labio superior, con una trayectoria que va hacia atrás y arriba, con ligera desviación de izquierda a derecha». De acuerdo con antecedentes del proceso que se inició por su muerte en la Justicia Militar, y antecedentes reunidos en la Investigación Sumaria Administrativa del Ejército, Mario Lavanderos murió por el disparo de un arma de fuego que pertenecía a otro oficial de alta graduación, mientras ambos se encontraban al interior del Casino de Oficiales de la Academia de Guerra. En la resolución Nº1640/24, con la que se concluye la investigación administrativa, se dice que «el deceso del Mayor Lavanderos no ocurrió en un acto determinado del servicio, sino que se debió presumiblemente a un accidente cuyas causas no han sido posible determinar en forma fehaciente, por carencia de testigos». Por su parte el dictamen del Fiscal instructor, en la causa rol 500/73, de fecha 29 de diciembre de 1975, concluye que «no se trata (ba) de un suicidio». No obstante ello, ambas investigaciones fueron finalmente sobreseidas y archivadas, sin establecer responsabilidades en los hechos. Tampoco, pese a los esfuerzos de la familia, se les permitió acceso a los antecedentes reunidos en las investigaciones. La Corporación tuvo acceso a algunos de estos antecedentes. De éstos se desprende que el Fiscal instructor de la causa judicial advierte en su dictamen que la explicación de los hechos, entregada por el oficial que se encontraba con el Mayor Lavanderos cuando ocurrió el disparo, no resultaron verosímiles y que éste, durante el interrogatorio, «adoptó una actitud altamente sospechosa»; los peritajes judiciales establecieron que el arma, de propiedad de este oficial, había sido limpiada después del disparo; y que las pruebas de parafina demostraban que en las manos del Mayor Lavanderos no había rastros de pólvora, prueba que no se le realizó a este oficial. Por su parte, en las declaraciones de los militares que llegaron al casino después del disparo se asegura que el señalado oficial pretendió evitar que el personal de la Guardia diera cuenta del suceso, a tal punto que uno de ellos debió encañonarlo con su arma de servicio, para que los dejara informar del hecho a sus superiores. Cinco días antes de su fallecimiento, el Mayor Lavanderos había sido designado para dirigir la Sección Extranjería del Recinto de Detenidos del Estadio Nacional. En esa calidad, el 16 de octubre, había firmado un documento por el cual otorgaba la libertad a 54 detenidos de nacionalidad uruguaya que se encontraban en ese campo de prisioneros, los que fueron entregados al Embajador de Suecia. La intervención del Mayor Lavanderos en la liberación de estas personas ha sido consignado en distintos medios de prensa y libros, y corroborado por familiares del diplomático indicado. En marzo de 1993, esta Corporación ofició a la Subsecretaría de Guerra, solicitando información relativa a la víctima. En oficio respuesta de junio de 1993, la Subsecretaría requerida señaló no haber recibido la información correspondiente del Comandante en Jefe del Ejército. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior declaró a Mario Luis Iván Lavanderos Lataste víctima de violación de derechos humanos cometida por agentes del Estado.