Instancia Calificadora: CNRR violación de DDHH
Militancia: Sin Militancia
Región: RM Metropolitana
Ciudad: SANTIAGO
Comuna:
Fecha Detención/Muerte: 11-09-1974
Ocupación: INDEPENDIENTE
Edad: 49
Agustín Contreras Santander y Manuel Valencia Cáceres murieron ese día, por herida cortante penetrante del cuello y herida cortante penetrante torácica, respectivamente, según consignan los Certificados Médicos de Defunción del Instituto Médico Legal. Los Protocolos de Autopsia precisan que, además de las heridas corto penetrantes, se encontró evidencia de otras lesiones en todo el cuerpo, y que alrededor del cuello tenían una herida de 5 mms. de ancho y de 2 mms. de profundidad provocadas con un alambre galvanizado que se les retiró del cuello al efectuar la pericia. Según declaraciones de un testigo presencial, Agustín Contreras y Manuel Valencia fueron detenidos por un grupo de militares el 9 de septiembre de 1974 en la noche, en un bar ubicado cerca de su domicilio, al interior de la población Huamachuco en la comuna de Renca. Luego, fueron trasladados hasta una unidad del Regimiento Yungay, en esa fecha apostado en la Quinta Normal. De acuerdo con el testigo, que también fue aprehendido en esa oportunidad y luego liberado, la detención se produjo debido a críticas que formularon en voz alta en contra del régimen militar. Estas fueron escuchadas por un militar que se encontraba en el bar, quien salió en busca de otros militares para detenerlos. Posteriormente sus cuerpos fueron encontrados por sus familiares en el Instituto Médico Legal, donde habían sido ingresados como «NN». Por estos hechos se inició una investigación en la Segunda Fiscalía Militar de Santiago, la que no fue posible examinar por encontrarse extraviada. Tampoco se pudo constatar si los responsables de las muertes fueron condenados. No obstante ello, la Corporación tuvo acceso a la copia de un examen psiquiátrico emitido por el Instituto Médico Legal sobre las facultades mentales del militar que los denunció y que luego participó en la detención y cuyo original fue remitido al proceso antes señalado. En el texto de este peritaje, se informa a la Fiscalía que este militar reconoció haber trasladado a los detenidos hasta el recinto militar, donde los interrogó mediante golpes con un palo, y que después les infirió las heridas con una arma corto punzante y los estranguló con un alambre. El informe advierte que este militar «presenta características de una personalidad psicopática de tipo explosivo y alteraciones que podrían ser de origen epiléptico.» Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Agustín Contreras Santander y Manuel Jesús Valencia Cáceres fueron ejecutados al margen de proceso legal por agentes del Estado, mientras los mantenían privados de libertad. En virtud de ellos, los declaró víctimas de violación de derechos humanos.