Instancia Calificadora: CVR violación de DDHH
Militancia: PS
Región: RM Metropolitana
Ciudad: SANTIAGO
Comuna:
Fecha Detención/Muerte: 18-03-1978
Ocupación:
Edad: 37
b) Otros ejecutados El 18 de marzo de 1978 fue encontrado el cuerpo sin vida de Jorge Lenin VERNAL HONORES, militante del PS, ex jefe del Departamento de Vivienda de la Caja de Previsión de Empleados Particulares. Había sido detenido por la DINA entre marzo y abril de 1974. El 16 de marzo de 1978 fue vuelto a ser detenido desde su hogar, siendo encontrado su cuerpo sin vida el día antes indicado. El parte de Carabineros señala que el cadáver fue hallado en la ribera norte del río Mapocho, frente a la calle Barnechea. El protocolo de autopsia registra como causa del deceso asfixia por sumersión en agua y traumatismo cráneo encefálico y raquimedular. Más adelante se indica que «las lesiones traumáticas podrían ser explicadas por el arrastre del cuerpo por las aguas o tener otra gestación, sobretodo la fractura de la columna vertebral.» En contradicción con lo anterior se encuentra el informe planimétrico que fue acompañado a la investigación judicial. En él aparece claro que el cuerpo fue hallado en la calle Barnechea, a varios metros del río Mapocho. En este mismo proceso es posible destacar otra serie de irregularidades que dan cuenta del compromiso de agentes estatales en los hechos. Entre ellas se pueden mencionar las siguientes: Las falsificaciones de las declaraciones extrajudiciales de los familiares acompañadas por investigaciones, donde éstos aparecen diciendo que la víctima era un ebrio consuetudinario, lo que luego deben desmentir ante el Tribunal. El que a Carabineros no le haya sido posible informar al Juez sobre el nombre de los funcionarios que encontraron el cadáver ya que por omisión no se habría registrado esa información y les era imposible averiguarla. La ampliación del informe de autopsia y el informe del Departamento de Medicina Criminalística de Investigaciones adelantan otras hipótesis contradictorias sobre las lesiones en el cuerpo. El primero señala que pudo haberse producido por la acción de uno o más elementos contundentes (romos), u otros mecanismos, o por acción de arrastre del cuerpo por las aguas; el segundo señala que se habrían ocasionado en un accidente de tránsito y que luego habría caído al agua. La Comisión, considerando la militancia de Jorge Vernal, el hecho de haber estado detenido cuando suceden los hechos que le costaron la vida y las obstrucciones a la acción de la justicia, ha llegado a la convicción de que fue ejecutado, pudiéndose presumir la responsabilidad en estos hechos es de agentes del Estado, considerando su muerte una violación a los derechos humanos.