ORELLANA ALARCON JUAN HUMBERTO ALBERTO


Instancia Calificadora: CVR violación de DDHH

Militancia: Sin Militancia

Región: RM Metropolitana

Ciudad: SANTIAGO

Comuna:

Fecha Detención/Muerte: 23-09-1973

Ocupación: OBRERO

Edad: 31


El 22 de septiembre de 1973 son detenidos por carabineros del Retén de Conchalí :

Juan Guillermo ARREDONDO GONZALEZ, 33 años, tornero mecánico, militante comunista;

Juan Humberto Alberto ORELLANA ALARCON, 31 años, obrero; y

José Gabriel MOLINA GUERRERO, 31 casado, cerrajero, militante socialista.

Estas personas fueron detenidas ante numerosos testigos en un operativo realizado por Carabineros en la Población Pablo Neruda, de la comuna de Conchalí y llevados al retén del lugar. Los cuerpos de Arredondo y Molina fueron encontrados en la carretera General San Martín y el cadáver de Orellana en la vía pública y trasladado al Instituto Médico Legal. El certificado de defunción de Molina indica como fecha de muerte el día 22 de Septiembre de 1973, siendo la causa de ella, según el protocolo de autopsia : «dos heridas a bala del cráneo con salida de proyectil con destrucción de bulbo raquídeo, protuberancia y cerebelo», señalando además que el tipo de «las heridas a balas son de larga distancia», en el caso de Arredondo la causa de muerte según el protocolo de autopsia correspondiente es «hemotórax bilateral, herida transfixiante de lóbulos superior y medio del pulmón derecho y herida transfixiante de lóbulo inferior del pulmón izquierdo» y en el de Orellana la causa de muerte es «heridas a bala cráneo encefálica.» La data de muerte de estos dos últimos es 23 de septiembre.

En razón de los antecedentes conocidos por la Comisión, ésta ha llegado a la convicción que Juan Guillermo Arredondo González, José Gabriel Molina Guerrero y Juan Humberto Orellana Alarcón son víctimas de una violación grave a los derechos humanos, atribuible tal hecho a la acción de agentes del Estado, teniendo en cuenta que la detención de aquéllos se encuentra totalmente acreditada por testimonios verosímiles, asimismo las causas de las muertes son razonablemente atribuibles a agentes armados, quienes en su acción dejaron abandonados los cuerpos.



Para revisar información judicial sobre esta persona acceda al repositorio del Proyecto Expedientes de la Represión, que recopila las sentencias judiciales dictadas en los procesos penales ya concluidos por violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura.
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