Instancia Calificadora: CVR violación de DDHH
Militancia: MIR
Región: RM Metropolitana
Ciudad: SANTIAGO
Comuna:
Fecha Detención/Muerte: 20-10-1976
Ocupación: EMPLEADO
Edad: 31
El 20 de octubre de 1976 se informó oficialmente que se produjo un enfrentamiento entre Carabineros de un radiopatrullas y dos individuos sospechosos, quienes al ser interrogados extrajeron armas de fuego, produciéndose un tiroteo a consecuencia del cual fue herido uno de ellos, alcanzando el otro a refugiarse en una industria del sector, donde falleció producto de una herida de bala recibida en el primer enfrentamiento. Se indicó que también resultaron heridos dos peatones.
Las víctimas de estos hechos fueron Juan Rolando RODRIGUEZ CORDERO, empleado, viudo de Catalina Gallardo, cuyo caso ya ha sido relatado, quien por las persecusiones que estaba siendo objeto luego de la ejecución de su cónyuge planeaba irse fuera del país y Mauricio Jean CARRASCO VALDIVIA, estudiante, militante del MIR, quien también se encontró ligado a los hechos del año anterior, puesto que tanto la madre de los hermanos Gallardo, como la de los hermanos Ganga, cuando estuvieron detenidas fueron interrogadas por agentes de la DINA sobre su paradero. Sus captores decían que él sería el jefe del grupo que integraban sus hijos.
Poco tiempo antes de la muerte de Mauricio Carrasco, su casa había sido allanada por agentes de Investigaciones quienes se llevaron detenido a uno de sus hermanos, a quien le repitieron que Mauricio Jean era el jefe del Grupo Político que integraba la familia Gallardo. Después de producido el supuesto enfrentamiento, los mismos agentes le comentaron a su hermano que ellos lo habían matado.
Esta Comisión ha tenido acceso a un testimonio presencial que indica que los hechos sucedieron en forma distinta a la indicada en la versión oficial. El día de los hechos llegaron al lugar numerosos vehículos que se detuvieron bruscamente. En la vereda de enfrente se encontraban Juan Rodríguez y Mauricio Carrasco sentados en un banco. Del primero de los vehículos se bajó un individuo y sin mediar palabra los ametralló, muriendo uno de ellos inmediatamente y quedando el otro herido, quien falleció posteriormente. Los agentes siguieron disparando al aire y sin dirección, hiriendo a un individuo que salía de una fábrica.
Del testimonio anterior y de los antecedentes de represión a perientes y personas vinculadas a las víctimas, la Comisión extrae elementos suficientes para formarse la convicción de que ambos fueron ejecutados por agentes estatales, en violación de sus derechos humanos.
Para revisar información judicial sobre esta persona acceda al repositorio del Proyecto Expedientes de la Represión, que recopila las sentencias judiciales dictadas en los procesos penales ya concluidos por violaciones de derechos humanos cometidas durante la dictadura.