Instancia Calificadora: CNRR violación de DDHH
Militancia: Sin Militancia
Región: IV Coquimbo
Ciudad: LOS VILOS
Comuna: LOS VILOS
Fecha Detención/Muerte: 30-08-1980
Ocupación: VENDEDOR VIAJERO
Edad: 27
Alejandro Luis Carrasco Gatica murió ese día en la Carretera, por rotura cardíaca, hemotórax bilateral, como acredita el Certificado de Defunción. El Informe de Autopsia constató cuatro heridas de bala y consignó que la forma médico legal de muerte fue «homicidio por arma de fuego». Testigos declararon que el 29 de agosto de 1980, cuando regresaban desde La Serena a Rancagua, almorzaron en un restaurante de Guanaqueros, donde constataron la presencia de Alejandro Carrasco y de un Austin mini amarillo, hecho corroborado por distintos testimonios. Al continuar viaje, los declarantes pasaron el cruce de «Socos», donde un carabinero les hizo señas para que lo llevaran, pero ellos no se detuvieron. Media hora después, los pasó a gran velocidad el Austin que habían visto en Guanaqueros. Junto al chofer, viajaba el carabinero. Después de unos 25 minutos, divisaron, a un costado de la Carretera, el techo amarillo del autómovil. Unos 15 kilómetros más adelante, nuevamente fueron sobrepasados por ese auto. Esta vez vieron solamente al carabinero, quien iba manejando. Dicha declaración fue ratificada judicialmente en octubre de 1982. El 1 de septiembre el cuerpo de Alejandro Carrasco fue encontrado en la Carretera Panamericana, 15 kilómetros al norte de Los Vilos. Su vehículo, un Austin mini amarillo, apareció en Ovalle, 150 kilómetros al norte del lugar. El Informe balístico concluyó que los proyectiles fueron disparados por un revólver calibre 38. A pesar de que las declaraciones de estos testigos fueron prestadas judicialmente, no se hicieron gestiones en el proceso tendientes a determinar la identidad del funcionario de Carabineros aludido, sobreseyéndose temporalmente la causa. Considerando los antecedentes reunidos, esta Corporación concluyó que la muerte de Alejandro Luis Carrasco Gatica se debió al abuso de poder cometido por un agente del Estado, quien actuó al margen de sus funciones no siendo sancionado legalmente. Por esta razón, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.