REYES GAJARDO RAFAEL AGUSTIN


Instancia Calificadora: CNRR violencia política

Militancia: Sin Militancia

Región: RM Metropolitana

Ciudad: SANTIAGO

Comuna: LAS CONDES

Fecha Detención/Muerte: 08-10-1973

Ocupación: CABO 2º FACH

Edad: 29


Rafael Agustín Reyes Gajardo murió ese día a las 12:30 horas, en el Hospital de la Fuerza Aérea de Chile, por heridas de bala pelviana y de ambos muslos, según se consigna en el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con lo declarado por familiares, Rafael Reyes, que se desempeñaba en la sección de Abastecimiento de la Fuerza Aérea de Chile, en el momento de ocurrir el golpe militar no se presentó en su cuartel y sólo lo hizo el 5 de octubre, porque estaba haciendo uso de una licencia médica hasta ese día. Según declaraciones de su cónyuge, después de presentarse a cumplir sus funciones no volvió a su hogar. Días más tarde, ella se enteró por otros familiares que su marido había fallecido en su trabajo. La familia se hizo asesorar por un abogado, quien les informó que había sido sometido a un Consejo de Guerra por no haberse presentado en su unidad militar el día 11 de septiembre de 1973. Consultada la Subsecretaría de Aviación, informó que Rafael Reyes había sido dado de baja por Resolución de fecha 17 de noviembre de 1973. Aclara en su oficio que la causa fue «fallecimiento», pero que no consta la existencia de la respectiva investigación sumaria administrativa por su muerte. Asimismo, la Comandancia en Jefe del Estado Mayor de la Fuerza Aérea informó que: «no existen en el Hospital, ni en la Fuerza Aérea, antecedentes que digan relación con la muerte de Rafael Agustín Reyes Gajardo». En virtud de los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior, pese a no haber podido establecer las circunstancias precisas de la muerte, atendiendo, época y causa de la misma, declaró a Rafael Agustín Reyes Gajardo víctima de la violencia política imperante en la época de su fallecimiento.
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