Instancia Calificadora: CNRR violación de DDHH
Militancia: Sin Militancia
Región: RM Metropolitana
Ciudad: SANTIAGO
Comuna: ÑUÑOA
Fecha Detención/Muerte: 26-11-1973
Ocupación: CHOFER
Edad: 22
Francisco Rafael González Morales murió ese día a las 16:30 horas por asfixia por ahorcamiento, en un Cuartel de Investigaciones, según acredita el Certificado de Defunción ratificado por el Protocolo de Autopsia. De acuerdo con la declaración de la novia de Francisco González, la tarde del 25 de noviembre fue detenido por un funcionario de la Policía de Investigaciones, cuando ambos ingresaban a un cine en el centro de Santiago. En el Cuartel Central de esa Policía le informaron que sería dejado en libertad al día siguiente, una vez que chequearan algunos antecedentes que investigaban sobre un delito común. Posteriormente avisó lo sucedido a los familiares de su novio, quienes ese mismo día se comunicaron con el recinto policial recibiendo idéntica respuesta. Al día siguiente, cuando concurrieron a la Unidad mencionada, se enteraron que Francisco González no aparecía ingresado como detenido; tampoco obtuvieron información acerca del hecho de su detención y de su paradero. Durante los siguientes diez días estuvieron insistiendo en ese lugar para que se les informara de su paradero sin obtener ninguna explicación. Sólo debido a su insistencia y a la desesperación por la falta de noticias, un detective, en forma muy reservada y extraoficial, les dijo que el funcionario aprehensor pertenecía a la unidad policial de la comuna de Ñuñoa. En este último recinto, tras requerir información reiteradamente, se les comunicó que Francisco González había muerto por ahorcamiento, al día siguiente de su detención, en el interior de un calabozo del recinto. En la investigación judicial instruida se realizó una Inspección Personal del Tribunal a la unidad policial, en la que se dejó constancia de que Francisco González aparecía ingresado recién el 26 de noviembre de 1973, a las 11:05 horas y que en los libros respectivos no se había anotado si lo habían sometido a interrogatorios ni tampoco la hora en que ingresó al calabozo donde murió. El proceso judicial fue sobreseído temporalmente, por estimar el Tribunal que no había indicios de haberse cometido un delito o un cuasidelito. El Consejo Superior, teniendo presente las acciones reiteradas de ocultamiento de la detención y posterior muerte de Francisco Rafael González Morales por parte de agentes del Estado, llegó a la convicción de que ésta, hubiera sido o no por suicidio, fue una consecuencia directa de la forma de actuación de aquellos agentes mientras lo mantenían privado de libertad. Por tal razón, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.