Instancia Calificadora: CNRR violación de DDHH
Militancia: Sin Militancia
Región: RM Metropolitana
Ciudad: SANTIAGO
Comuna: ÑUÑOA
Fecha Detención/Muerte: 20-09-1986
Ocupación:
Edad: 20
Julio Marcelino Patricio Ibarra Saavedra murió ese día a las 20:20 horas, en la Posta Nº 4 de Ñuñoa, por un traumatismo torácico pulmonar por bala y anemia aguda, como acredita el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. De acuerdo con lo señalado por familiares y por testigos presenciales de los hechos, ese día Julio Ibarra se encontraba en el domicilio de su conviviente, ubicado en la población Las Torres de San Luis de Macul. A raíz de una denuncia por maltrato realizada por su pareja, concurrió al domicilio personal de Carabineros. Ibarra Saavedra se asustó e intentó escapar por un pasaje. Sin embargo, luego de detenerse con las manos en alto, fue impactado por un proyectil disparado por uno de los funcionarios. Trasladado hacia el establecimiento asistencial, falleció en el trayecto. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, su Consejo Superior llegó a la convicción de que la muerte de Julio Marcelino Patricio Ibarra Saavedra fue consecuencia del uso desproporcionado de la fuerza por agentes del Estado que intentaban su detención y lo declaró víctima de violación de su derecho a la vida.