Instancia Calificadora: CNRR violencia política
Militancia: Sin Militancia
Región: VI O`Higgins
Ciudad: CACHAPOAL
Comuna: RANCAGUA
Fecha Detención/Muerte: 14-09-1973
Ocupación: SARGENTO 2º CARABINEROS
Edad: 36
Juan Segundo Beroíza Carrasco murió ese día a las 7:30 horas, en la Sub Comisaría de Servicios Especiales de Rancagua por una herida de bala cráneo encefálica, según consigna el Certificado Médico de Defunción suscrito por un médico legista ad hoc. De acuerdo con antecedentes entregados por sus familiares, el 12 de septiembre de 1973 Juan Beroíza se negó a cumplir una orden de sus superiores en el sentido de disparar en contra de un grupo de civiles en la vía pública. Por este motivo fue ingresado en calidad de incomunicado en su Unidad. Su muerte se produjo dos días después en el recinto policial. La versión entregada a la opinión pública por la autoridad policial y aparecida en la prensa en la época señalaba que Beroíza Carrasco falleció a consecuencia de la acción de francotiradores que atacaron su Unidad. No obstante, a su cónyuge se le informó que su muerte se debió a un accidente al manipular su arma; asimismo, se le señaló que debía permanecer en arresto domiciliario y se le impidió viajar a Rancagua a retirar el cuerpo. Considerando los antecedentes reunidos y la investigación realizada por esta Corporación, el Consejo Superior declaró a Juan Segundo Beroiza Carrasco víctima de la violencia política imperante en la época de su fallecimiento.