MARTIN MARTINEZ MARGARITA ELIANA


Instancia Calificadora: CVR violación de DDHH

Militancia: Sin Militancia

Región: RM Metropolitana

Ciudad: SANTIAGO

Comuna: LA CISTERNA

Fecha Detención/Muerte: 01-07-1986

Ocupación: DUEÑA DE CASA

Edad: 30


Caso Mamiña Según la versión oficial, en la medianoche del lunes primero de julio de 1986 efectivos de la Sección Encargos y Búsqueda de Vehículos (SEBV) de Carabineros, apoyada por otras unidades policiales, practicó un allanamiento al inmueble de calle Mamiña N° 150 encontrando los cuerpos sin vida de las hermanas Margarita Eliana y María Paz MARTIN MARTINEZ y del joven Isidro SALINAS MARTIN, hijo de una de ellas. Se informa asimismo que los tres fallecidos eran integrantes del FPMR muertos por autoeliminación mediante disparos efectuados desde corta distancia. Sin embargo, los informes de autopsia constatan: – En el cadáver de Isidro Salinas, dos impactos en la cabeza, uno de larga distancia y otro de corta. – En el de María Paz Martín, la causa de la muerte es una herida de bala cráneo encefálica, la trayectoria intracraneana seguida por el proyectil es de derecha a izquierda, abajo arriba y levemente hacia atrás. Se trata de un disparo con cañón apoyado. – En el caso de Margarita Eliana Martín, la causa de la muerte fue traumatismo cráneo encefálico y torácico por balas con salida de proyectiles. Los exámenes de las armas encontradas junto a los muertos eran un revolver marca Colt calibre 38 en regular estado de funcionamiento y una pistola sin marca modelo D 64 calibre 9 mm, con el carro atascado con un cartucho en su recámara sin percutar. La Comisión, considerando los antecedentes reunidos, estima que no es verdadera la información oficial, por cuanto al menos dos de los presuntos suicidas presentaban dos impactos de bala y las armas en su poder se encontraban en regular estado, por lo que ha llegado a la convicción de que Isidro Salinas y las hermanas Margarita Eliana y María Paz Martín no se suicidaron, sino que fueron ejecutados por efectivos de Carabineros, considerando sus muertes violaciones a los derechos humanos de responsabilidad de agentes estatales.
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