JARA CORDOVA JULIO ANTONIO


Instancia Calificadora: CNRR violación de DDHH

Militancia: Sin Militancia

Región: V Valparaíso

Ciudad: VIÑA DEL MAR

Comuna:

Fecha Detención/Muerte: 28-06-1987

Ocupación: AYUDANTE CARPINTERO

Edad: 28


Julio Antonio Jara Córdova murió ese día a la 1:00 horas en Viña del Mar, por un traumatismo abdominal, según consigna el Certificado de Defunción. De acuerdo con antecedentes del proceso judicial instruido, el 27 de junio de 1987 alrededor de las 22:00 horas, Jara Córdova fue detenido junto con un amigo, por una patrulla de Carabineros, por estar bebiendo en la vía pública. Durante el procedimiento de detención, Julio Jara, que se encontraba en estado de ebriedad, agredió con un puntapié a uno de sus aprehensores quienes lo trasladaron a la Quinta Comisaría de Viña del Mar. En ese recinto fue golpeado en el abdomen en tres oportunidades por el policía agredido y, posteriormente, conducido al calabozo. A las 23:30 horas, mientras se realizaba la vigilancia de los detenidos, se constató su muerte. El Protocolo de Autopsia señaló que la causa de muerte fue traumatismo abdominal con rotura hepática por acción de terceros y que ésta pudo evitarse con atención oportuna y eficaz. El funcionario agresor fue condenado a la pena de cinco años y un día de presidio menor en su grado mínimo como autor del delito de violencias innecesarias con resultado de muerte. Considerando los antecedentes reunidos por esta Corporación, el Consejo Superior estimó que la muerte de Julio Antonio Jara Córdova fue producto de los golpes y malos tratos a que fue sometido por agentes del Estado durante su detención. Por tal razón, lo declaró víctima de violación de derechos humanos.
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