MUÑOZ ARAVENA GONZALO RODRIGO


Instancia Calificadora: CNRR violencia política

Militancia: PC

Región: V Valparaíso

Ciudad: VALPARAISO

Comuna:

Fecha Detención/Muerte: 19-11-1985

Ocupación: ESTUDIANTE UNIVERSITARIO

Edad: 19


murió ese día a las 16:35 horas, por una anemia aguda provocada por herida penetrante torácica derecha complicada, según consta en el Certificado Médico de Defunción del Instituto Médico Legal. Gonzalo Muñoz, militante del Partido Comunista, se encontraba recluido en el Centro de Readaptación Social de Valparaíso desde el 8 de febrero de 1985, procesado por la Fiscalía Militar de Valparaíso por infracción a la Ley de Control de Armas. De acuerdo con declaraciones de testigos, el 19 de noviembre de 1985 fue atacado por un grupo de reos comunes de alta peligrosidad y uno de ellos lo hirió de gravedad con un arma blanca. Su fallecimiento se produjo cuando era trasladado a un centro asistencial. El autor de las lesiones, según consta en la investigación judicial realizada, fue condenado a la pena de 12 años de presidio mayor en su grado medio por el delito de homicidio. La muerte de Gonzalo Muñoz se produjo en un contexto de enfrentamientos e incidentes verbales entre los reos comunes y los procesados por motivos políticos en el interior del recinto penal. Los primeros se quejaban de favoritismos que recibían los presos políticos y éstos, a su vez, exigían condiciones mínimas de espacio y seguridad para ellos, especialmente, que los separaran de los reos comunes de alta peligrosidad. Dos días antes de su fallecimiento había terminado una huelga de hambre de los presos políticos en ese penal y en otros del país, como medio de presión a sus demandas. También se había presentado semanas antes un recurso de protección con idéntico fin, el que había sido rechazado. Días después de la muerte de Gonzalo Muñoz, Gendarmería procedió a acondicionar el recinto penal de modo de mantener separados a los presos por motivos políticos del resto de la población penal. Iguales medidas fueron adoptadas en otros recintos carcelarios del país. Considerando los antecedentes reunidos, el Consejo Superior llegó a la convicción de que en la muerte de Gonzalo Rodrigo Muñoz Aravena influyeron decisivamente las condiciones de inseguridad en que se encontraban en esa época los presos políticos en los recintos penales del país, que permitían o favorecían acciones de violencia en su contra por parte de la población penal común, sin que las autoridades adoptaran las medidas necesarias para evitarlo. Por tal razón, lo declaró víctima de la violencia política.
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