Instancia Calificadora: CVR violación de DDHH
Militancia: Sin Militancia
Región: VIII Biobío
Ciudad: MULCHEN
Comuna: MULCHEN
Fecha Detención/Muerte: 07-10-1973
Ocupación: OBRERO AGRICOLA
Edad: 22
Entre los días 5, 6 y 7 de octubre de 1973 en los fundos cordilleranos llamados El Morro, Carmen y Maitenes y Pemehue, ubicados al oriente de Mulchén, fueron ultimados 18 campesinos del sector, todos ellos sin militancia política. Una patrulla de aproximadamente treinta personas, compuesta por carabineros, militares y civiles de Mulchén fue hasta los fundos mencionados, portando una lista previamente confeccionada de las personas que debían ser detenidas y que fueron posteriormente ultimadas. La patrulla, que se transportaba en caballos, llegó al fundo El Morro el 5 de octubre en la tarde. Procedieron a detener a cinco campesinos en sus domicilios y los condujeron a orillas del río Renaico: Juan de Dios LAUBRA BREVIS, 26 años, obrero agrícola. Domingo SEPULVEDA CASTILLO, 29 años, mozo de casa patronal. Edmundo José VIDAL AEDO, 20 años, obrero agrícola. Celsio Nicasio VIVANCO CARRASCO, 26 años, obrero agrícola. José Florencio YAÑEZ DURAN, 34 años, obrero agrícola. Testigos escucharon disparos. En el mes de diciembre vecinos y familiares encontraron en el sector La Playita los cuerpos con impactos de balas y las manos atadas a la espalda con alambres. El grupo de uniformados y civiles continuó hacia arriba hasta llegar al fundo Carmen y Maitenes, detuvieron a los ocho campesinos en sus domicilios, los condujeron a la casa patronal y allí los golpearon y los hicieron golpearse entre sí: Miguel del Carmen ALBORNOZ ACUÑA, 20 años, obrero agrícola. Daniel Alfonso ALBORNOZ GONZALEZ, 28 años, obrero agrícola. Alejandro ALBORNOZ GONZALEZ, 48 años, obrero agrícola. Guillermo José ALBORNOZ GONZALEZ, 32 años, obrero agrícola. Luis Alberto GODOY SANDOVAL, 23 años, obrero agrícola. Florencio RUBILAR GUTIERREZ, 25 años, obrero agrícola. José Liborio RUBILAR GUTIERREZ, 28 años, obrero agrícola. José Lorenzo RUBILAR GUTIERREZ, 33 años, obrero agrícola. Cerca de las 23:00 horas testigos escucharon ráfagas de metralleta. Al día siguiente los miembros de la patrulla sepultaron siete cuerpos en una fosa cavada en una pampa cercana al sector de las casas, cubriéndolos con césped. Ese mismo día 7 de octubre iniciaron viaje hacia Pemehue, llevándose detenido y en mal estado físico a Guillermo Albornoz, cuyo cuerpo apareció posteriormente aguas abajo del río Renaico. En el fundo Pemehue, nuevamente procedieron a detener en su domicilio a cinco campesinos: Alberto ALBORNOZ GONZALEZ, 41 años, obrero agrícola. Felidor Exequiel ALBORNOZ GONZALEZ, 33 años, obrero agrícola. José Fernando GUTIERREZ ASCENCIO, 25 años, obrero agrícola. Gerónimo Humberto SANDOVAL MEDINA, 22 años, obrero agrícola. Juan de Dios ROA RIQUELME, 35 años, obrero agrícola. En horas de la noche se escucharon repetidas ráfagas. Familiares encontraron luego sus cuerpos con las manos atadas, los rostros destrozados y numerosos impactos de bala. Todos ellos fueron sepultados en los mismos lugares en que fueron encontrados. El 21 de noviembre de 1979 se presentó querella criminal en el Juzgado de Mulchén, rol N° 20.595, por los delitos de allanamiento de morada, secuestro, apremios ilegítimos, lesiones y homicidio calificado de 18 campesinos de Mulchén. La acción se presentó en contra de los participantes de la “patrulla”. La I. Corte de Apelaciones de Concepción nombró un Ministro en Visita quien procedió a la investigación del caso. El Ministro después de una exhaustiva investigación llegó a la conclusión que la patrulla de militares, carabineros y civiles que concurrió a los fundos mencionados fueron los autores de las muertes de las víctimas y de su posterior inhumación o desaparición de los cuerpos, en algunos casos. Los cuerpos fueron ilegalmente exhumados, presumiblemente en el mes de marzo de 1979, antes de que se practicara la investigación judicial, no obstante se pudieron hacer numerosas pericias tendientes a la identificación de los cadáveres por los restos que de ellos quedaban y por encontrarse algunos de ellos sepultados aún. El Ministro se declaró incompetente para seguir conociendo de la causa y remitió los autos a la Fiscalía Militar de Concepción. El día 7 de enero de 1983 el Juez Militar del Tercer Juzgado Militar dictó sabreseimiento definitivo en el caso y aplicó la ley de amnistía a los inculpados. El 18 de diciembre de 1983 la Corte Marcial anuló la aplicación de amnistía y cambió el carácter del sobreseimiento a temporal. Los antecedentes expuestos permiten a esta Comisión formarse convicción de que la ejecución y posterior ocultamiento de los cuerpos de los 18 campesinos de los fundos El Morro, Carmen y Maitenes y Pemehue constituye una grave violación de los derechos humanos de responsabilidad de agentes del Estado y de los civiles que participaban con ellos.